El Supremo confirma cuatro años y medio de prisión para una extrabajadora de un banco

Santa Cruz de Tenerife, 11 abr (EFE).

– La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha hecho firme la condena a una extrabajadora de una sucursal en la capital tinerfeña de un banco por un delito continuado de falsedad en tarjetas de débito y crédito y estafa, a cuatro años y medio de prisión y a indemnizar a la entidad bancaria con 298.

000 euros.

Esta cantidad se corresponde con la que sustrajo a través de la falsificación de dos tarjetas bancarias diferentes, que asociaba a las cuentas de cuatro clientes, uno de ellos un anciano de más de noventa años, señala la sentencia.

La mujer estuvo 15 años en la sucursal de un banco hasta que fue despedida en 2019, al detectarse que desde 2015 había comenzado a dar de alta tarjetas a nombre de distintas personas sin su consentimiento que asociaba a cuentas de otros clientes.

La sentencia da probado que en el primer caso el fraude duró un mes durante el que hizo reintegros por valor de casi 12.

500 euros que afectaban a un usuario diferente al que aparecía en la tarjeta.

Poco después hizo lo mismo con otra que creó a nombre de un cliente más de manera ficticia y que éste jamás recibiría, mientras que ella se hizo con casi 49.

500 euros, y una vez más realizó la misma operación obteniendo un beneficio de 1.

600 euros, agrega el Supremo.

Durante los meses siguientes siguió llevando a cabo esta táctica, a veces con los mismos estafados, de manera que en el caso del anciano obtuvo 228.

5000 euros pensando que por su avanzada edad no iba a consultar las cuentas.

La auditoría realizada concluyó que se vincularon dos tarjetas a cuentas de cuatro titulares distintos y que la estafa fue realizada por la empleada que podía entrar en el sistema informático del banco por medio de su usuario y contraseña.

Los contratos de entrega de la tarjeta y código y activación del pin tenían que haber sido firmadas por el cliente pero sólo lo estaban las explicaciones, mientras que la entrega de la documentación y activación tampoco fue suscrita por los usuarios.

En primera instancia la Audiencia Provincial condenó a la mujer a un delito de falsedad agravada a tres años de prisión pero descartó el de falsificación de tarjetas, lo que sí tuvo en cuenta luego el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), como solicitaba el banco, incrementando la pena.

Ante el TS la defensa de la acusada se basó en aspectos como cuestionar el papel del banco en este proceso judicial en el que debería haber sido responsable civil subsidiario y no acusación particular, a lo que el Supremo recuerda que la entidad tuvo que abonar las cantidades defraudadas.

“La acusada vulneró todos los mecanismos para que quien realiza extracciones de una cuenta corriente o verifica gastos con una tarjeta sea exclusivamente su titular”, indica el fallo firme.

La defensa cuestionó el informe pericial en el que se basa la condena en cuanto que fue elaborado por el banco, de manera que habría sido confeccionado, “unilateralmente por quien ejercía de acusación particular y tenía un evidente interés en recuperar el dinero pagado a los clientes”.

El TS responde que este documento fue tomado como una prueba, valorado como tal por el tribunal y se recuerda que durante la vista oral el abogado de la procesada pudo interrogar a su autor.

Los sucesivos fallos dan por probado que la mujer cambió en hasta cuatro ocasiones las cuentas en las que se debían cargar las cantidades que extraía de las tarjetas ficticias a nombre de otros tantos clientes y que además lo llegó a hacer desde distintas sucursales.

La Sala concluye que se manipuló y alteraron los datos en las pistas de la banda magnética, por lo que se estaría ante una falsificación, de manera que la tarjeta podía ser utilizada por otras personas, a espaldas de su titular, y sin su consentimiento ni conocimiento.

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