El Supremo ratifica los 12 años de cárcel para un hombre acusado de abusar de su hija

Santa Cruz de Tenerife, 24 nov (EFE).

– El Tribunal Supremo (TS) ha hecho firme la condena de 12 años de cárcel para un hombre acusado de abusar durante ocho años de su hija, tanto mientras vivían en el mismo domicilio como tras la separación de la madre de la menor.

El Supremo también ha ratificado la obligación de que el hombre que en la actualidad tiene 65 años pague 10.

000 euros a la joven como indemnización, al considerar que es autor de un delito de abuso sexual continuado a menor de 13 y 16 años.

Ante el alto tribunal el hombre defendió que el testimonio de la víctima no puede ser considerado prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia dado que no existe ningún testigo más que avale sus acusaciones.

Resta importancia a la existencia de restos biológicos en la cama y cree que la propia joven tiró una caja de preservativos a un armario que fue encontrada en este lugar cuando se llevó a cabo el registro de la vivienda tras la denuncia de la madre.

El condenado mantuvo que el día en los que según la denunciante tuvo lugar el último episodio de abusos se encontraba en el sepelio de la madre de su expareja y que no sabía que la joven era todavía menor cuando consintió en algunas de las relaciones.

El TS responde que el procesado conocía perfectamente la edad de su hija y se aprovechó de la relación paterno filial que existía entre ambos para llevar a cabo estos abusos desde que la joven tenía siete años.

La última ocasión tuvo lugar en noviembre de 2021 y tras consumar la violación se limpió en el edredón y lanzó una caja de preservativos vacía encima de un armario, lo que vio la adolescente, presentó como prueba después de interponer la denuncia.

El TS de nuevo recuerda las limitaciones que en la actualidad le impone la reforma legislativa de 2017 que modificó de forma sustancial la posibilidad de impugnar sentencias en instancias superiores, incluido el Supremo, después de que como en este caso la condena fuera emitida por la Audiencia y ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

En estos ámbitos se ha demostrado que los abusos comenzaron cuando la víctima tenía siete años y duraron hasta finales de 2021, tras haber roto con su madre aunque seguían viéndose al tener la patria potestad, ahora retirada.

Su expareja interpuso la denuncia a principios de diciembre de 2021 y a continuación el hombre pasó a estar en situación de prisión provisional hasta agosto de 2022, y a partir de ahí en situación de libertad vigilada.

En la actualidad la joven presenta desajustes psicológicos que se manifiestan hacia el exterior en comportamientos impulsivos, autodestructivos, imprudentes, hostiles, agresivos y desafiantes y en el interior con ideas suicidas, depresiones,ansiedad, dolencias somáticas y alteraciones de sueño.

El Supremo rechaza todas las alegaciones del condenado al comprobar que los fallos de primera y segunda instancia ratificaron que la declaración de la víctima era válida, no se apreciaron móviles espurios y mantuvo en esencia durante todo el procedimiento la misma versión de lo ocurrido.

“No asiste, por tanto, la razón al recurrente dado que el TSJC ha justificado de forma razonable y motivada, el juicio sobre la suficiencia de la prueba de cargo al considerar que la Audiencia Provincial valoró los medios de prueba practicados en la instancia de acuerdo con las reglas de la lógica, la razón y las máximas de la experiencia”, indica el fallo.

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