Confirman tres años de cárcel por vender droga fuera de una discoteca en Tenerife

Santa Cruz De Tenerife, 17 feb (EFE).

– El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 3 años de cárcel y multa de 100 euros a un hombre que en abril de 2022 fue detenido en los alrededores de una discoteca de Adeje por unos policías que observaron como vendía una pastilla de MDMA por 20 euros.

La sustancia intervenida pesaba unos 0,33 gramos y tenía una pureza del 77,2% pero además al hombre se le incautaron 46 euros, una papelina con casi medio gramo de cocaína del 61,4% de pureza y cerca de 3 gramos de hachís.

El fallo fue emitido en primera instancia por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en febrero de 2023 y ratificada en junio por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), por lo que el acusado acudió al TS, que acaba de pronunciarse en el mismo sentido.

En su recurso el encausado pidió una revisión de las pruebas reflejadas en los anteriores pronunciamientos, a lo que el TS responde que no es el momento de analizar la secuencia de lo ocurrido pese a que el recurrente alega que el fallo no se apoyó en las pruebas suficientes y se vulneraron sus derechos.

Apela a que la cantidad de droga aprehendida no puede acreditar que estaba destinada a la venta, argumento que rechaza el TS al recordar lo ocurrido y cómo los policías vieron la adquisición de la pastilla a cambio de 20 euros y encontraron las demás sustancias en su poder.

Los sucesivos fallos consideran que las declaraciones de los policías han sido siempre consistentes, señalaron que actuaron en un lugar en el que como reconoció el propio encausado, es habitual la venta de drogas y que las sustancias en su poder estaban preparadas para este fin.

En definitiva, el TS descarta la absolución por la pretendida escasa cantidad de droga aprehendida, las alegadas cargas familiares y que la variedad de sustancias incautadas demostraría “habitualidad” en estas operaciones.

Al condenado le constan en sus antecedentes penales tres delitos contra la seguridad en el tráfico y conducción sin permiso, cometidos en los años 2016, 2017 y 2018 pero al no estar relacionados con la salud pública, se descartó el agravante de reincidencia.

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