AHI pide revisar la convocatoria de subvenciones al deporte herreño

La Frontera (El Hierro), 24 feb (EFE).

– La Agrupación Herreña Independiente (AHI) ha presentado una moción en el Cabildo de El Hierro solicitando la revisión de oficio de los expedientes denegados en la convocatoria de subvenciones al deporte herreño 2025, tras detectar lo que consideran “errores graves” en su tramitación que han dejado fuera a varios clubes y deportistas de la isla.

Según ha señalado este martes en un comunicado el consejero de AHI en el Cabildo, Alberto Armas, tras revisar los expedientes administrativos de esta convocatoria, donde ha observado “diversas situaciones”, se hace necesario revisar el procedimiento con el fin de garantizar la seguridad jurídica y la igualdad de trato entre todos los solicitantes.

En concreto, han quedado fuera de estas ayudas el Club de Bola Canaria Tibataje, el Grupo Colombófilo Timbarombo de El Hierro, la Unión Deportiva Valle Frontera, así como los deportistas Julia Samsó Sánchez, Maite Gutiérrez Febles y Karsten Dirk Mohr, cuyos expedientes fueron desestimados por falta de documentación, señala Armas.

Desde AHI señalan especialmente el caso de la Unión Deportiva Valle Frontera,donde han detectado “errores graves en la tramitación administrativa”.

A esta situación se suma el caso del Club de Lucha Concepción, que presentó su solicitud dentro de la convocatoria y que, sin embargo, no figura ni entre los beneficiarios ni entre los expedientes denegados, lo que obliga a aclarar qué ocurrió con su expediente, agrega la nota.

Para los nacionalistas herreños, tanto el caso del Valle Frontera como el del Club de Lucha Concepción, así como el resto de clubes y deportistas excluidos,evidencian la necesidad de revisar el procedimiento completo, al existir dudas razonables sobre su correcta tramitación.

Según ha informado Armas, durante el acceso a los expedientes,se han detectado además situaciones que califica de preocupantes, como requerimientos de documentación dirigidos a personas distintas al representante legal o expedientes en los que no consta registro de salida de dichos requerimientos, lo que impide tener la certeza de que los solicitantes recibieran correctamente la notificación y pudieran subsanar en plazo.

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