Ratifican las penas para una red que introducía cocaína en Tenerife a través de ‘mulas’

Santa Cruz de Tenerife, 4 may (EFE).

– El Tribunal Supremo ha ratificado las condenas de entre 7 años y 23 meses de cárcel y dos multas de 150.

000 euros y otra de 90.

000 a un grupo de nueve personas acusadas de traficar con cocaína que traían de Paraguay y hacía llegar a Tenerife desde Madrid usando correos humanos.

La sentencia recoge que el grupo criminal estaba previamente constituido por otros individuos que no pudieron ser enjuiciados al encontrarse en el extranjero, algunos de los cuales eran familiares de la principal encausada y actuaban como ‘mulas’, una de las cuales una menor de edad.

La Guardia Civil detuvo a la cabecilla y a continuación se procedió a canalizar una serie de medidas de investigación basadas inicialmente en la interceptación de las comunicaciones telefónicas sobre ciertos números que se obtuvieron de las agendas de móviles incautados a la detenida.

Los agentes llevaron a cabo una revisión retrospectiva de posibles viajes anteriores, examinando las pautas de comportamiento comunes a estos envíos, revisando grabaciones de los aeropuertos tinerfeños, así como solicitando información a las compañías aéreas con vuelos desde Madrid a la isla.

Así se pudo concretar que se trataba de un grupo bajo la dirección de una persona con capacidad de decisión y gestión sobre los demás, que se fueron incorporando como investigados, una vez analizados los vínculos entre ellos y su dedicación plena al tráfico de cocaína.

La acusada se perfiló como un elemento fundamental dentro de la cadena de distribución del grupo criminal que se investigaba por medio de ciertos números que utilizaba, lo que dio lugar a concretar que se encargaba de conseguir la coca en origen y captar a correos humanos.

En Madrid, facilitaba la infraestructura necesaria para el almacenamiento y posterior envío a Tenerife.

En el punto de origen, la organización contaba con terceras personas que no fueron acusadas en esa pieza y que realizaban diversas funciones, entre ellas coordinarse con otros miembros de la organización asentados en la capital de España.

Las tareas las desarrollaban la acusada, su marido, su hermano y otro procesado, y consistía en comprar billetes de avión, reservar alojamientos y acompañar a los correos humanos hasta que llegaban a la isla.

A raíz de las investigaciones desarrolladas en abril de 2019 se localizó a una persona que venía de Madrid a la que le intervinieron casi 2 kilos de cocaína con una pureza del 83,2% con un valor de 97.

500 euros.

La mujer estaba acompañada de la cabecilla y de otra persona, quienes marcharon a La Laguna y al ver que no llegaba la ‘mula’ volvieron a Los Rodeos, donde fueron retenidos por la tarde cuando intentaban huir al conocer la detención anterior.

En noviembre fue interceptado otro correo humano con 1,5 kilos de cocaína que iban a ser entregados a la cabecilla de la trama y que fue detenido y luego se le impuso una condena de seis años y multa de 191.

000 euros en otra causa.

En diciembre de 2019 fue detenida una menor en el aeropuerto de Madrid con casi un kilo de cocaína por valor de 51.

500 euros y que resultó condenada a quince meses de internamiento y tres de ellos en libertad vigilada.

Una vez recabada la información precisa se llevó a cabo el 12 de febrero de 2020 la entrada y registro en una casa de Tejina donde se encontró cocaína por valor de 5.

200 euros y cannabis por 6.

200, y en otro en La Laguna, donde se hallaron teléfonos y embarcaciones en una finca.

Una entrada y registro más tuvo lugar el 18 de febrero de 2020 donde había una báscula de precisión y en otra casa de Tejina donde se hallaron 36 gramos de cocaína.

Ante el Tribunal Supremo fueron tres de los acusados quienes presentaron los recursos, uno de los cuales alegó que había presentado recusación contra un juez por falta de parcialidad al decidir prorrogar la prisión provisional.

La respuesta del alto tribunal es que no fue una decisión de un magistrado concreto sino de la Sala y tampoco se vulneró el secreto de las comunicaciones.

Otro condenado planteó que no había pruebas de cargo en su contra y para demostrar lo contrario el Supremo reproduce algunas de las conversaciones intervenidas.

El tercer acusado que recurrió ante el Supremo puso en duda que se hubiese respetado su derecho a la presunción de inocencia, alegaciones que son igualmente inadmitidas.

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