Puerto del Rosario, 4 may (EFE).
– El funcionario del Cabildo de Fuerteventura Miguel Ángel Socorro Perdomo ha presentado una queja ante el Defensor del Pueblo en la que denuncia la falta de impulso administrativo en su reclamación de restitución de derechos retributivos retirados con los recortes salariales de 2010 en plena crisis económica.
La acción se produce tras haber presentado, el pasado 27 de abril, una petición formal ante la Secretaría de Estado de Función Pública que, hasta la fecha, no ha mostrado avances significativos en su tramitación, ha informado el funcionario en un comunicado.
La queja denuncia que el Estado mantiene los recortes en las pagas extraordinarias a pesar de haber dado por superada la crisis económica hace más de una década.
El núcleo de la reclamación se basa en la pérdida de la causa justificativa de las medidas de recorte adoptadas mediante el Real Decreto-ley 8/2010.
La norma, de carácter extraordinario y coyuntural, se vinculó a una crisis económica que el propio Estado dio por concluida a partir del ejercicio 2015.
Según el escrito, al desaparecer la situación de crisis, se ha extinguido el fundamento material que permitía la minoración de las cuantías de las pagas extraordinarias de los empleados públicos.
La queja presentada detalla una «lesión económica objetivable y continuada» para el personal público.
En el informe remitido al Defensor del Pueblo se incluye un análisis detallado de las diferencias retributivas acumuladas desde 2010.
En el caso de los funcionarios Grupo A1 se trata de una pérdida total acumulada de 14.
064,07 euros; los del Grupo A2 una pérdida total de 8.
596,59 euros; los del Grupo C1 se registra una pérdida total de 3.
767,20 euros mientras que los del grupo C2 se registra una pérdida total de 3.
236,00 euros.
Según el denunciante, miles de empleados públicos siguen pagando hoy los efectos de una crisis que el propio Estado declaró superada hace años y ha insistido en que “no es solo una reclamación, es una línea roja, pues no se puede seguir normalizando este recorte permanente”.
El promotor de la queja solicita la intervención del Defensor del Pueblo en clave preventiva y garantista y argumenta que el derecho fundamental de petición no se satisface con una simple respuesta formal, sino que requiere una tramitación real y efectiva orientada a resolver el fondo del asunto.
«La ausencia de impulso en la fase inicial puede comprometer la efectividad material del derecho fundamental ejercitado», se recoge en el documento, subrayando que la administración tiene el deber de actuar bajo los principios de eficacia y servicio efectivo.
El escrito solicita que la Institución recabe información de la Secretaría de Estado sobre el estado del expediente y que se inste a la Administración a evitar dilaciones innecesarias.
Asimismo, se plantea la posibilidad de que la situación tenga relevancia constitucional, instando al Defensor del Pueblo a valorar el ejercicio de sus facultades en el marco del control de constitucionalidad.
El comunicado concluye con una advertencia explícita si la Administración persiste en su inacción, no se descartan nuevas acciones en todos los ámbitos, incluyendo la vía judicial y otras iniciativas destinadas a restablecer los derechos vulnerados.
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