Santa Cruz de Tenerife, 7 may (EFE).
– El Tribunal Supremo (TS) ha reducido de un año y ocho meses a seis meses la condena a tres jóvenes a los que se les atribuye un intento de detención ilegal a una menor de 14 años que tuvo lugar el 16 de abril de 2014 en Santa Úrsula, Tenerife.
La rebaja de la pena se basa en el “grave” retraso que experimentó la causa por lo que se tiene en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas y que el delito no se llegó a consumar.
También se anulan las prohibiciones a los encausados de acercarse y comunicarse con la joven durante 10 años.
No obstante se ratifica la culpabilidad de todos ellos basándose en parte en la declaración en dependencias policiales de un testigo fallecido antes del juicio que reconoció a los encausados como autores del delito.
Aquel día, cuando dos de los condenados iban a pie por la carretera y el otro estaba en un vehículo, se encontraron con la víctima que entonces tenía 14 años y a la que intentaron retener cuando uno se dirigió corriendo hacia ella gritando: “cógela, cógela”.
En ese momento el coche se cruzó donde estaba la joven y el conductor hizo un derrape, lo giró y detuvo bruscamente.
La menor para evitar ser introducida en el vehículo corrió hacia una ferretería cercana, por lo que los tres procesados marcharon apresuradamente del lugar en el mismo coche.
Una vez en la ferretería se ocultó «aterrorizada» debajo del mostrador mientras que una empleada y una cliente que estaban en el interior avisaron a la policía con el móvil de una de ellas.
En el juicio ambas indicaron que aunque no pudieron ver lo que ocurrió, ni identificar a los acusados, sí tuvieron que atender a la joven por el estado de nerviosismo en el que se encontraba.
En la reducción de la primera pena también se tuvo en cuenta el atenuante de las dilaciones indebidas, dado el tiempo que transcurrió desde que ocurrieron los hechos y que el delito no se llegó a consumar.
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