Santa Cruz de Tenerife, 29 sep (EFE).
– El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha actualizado las bonificaciones de la tasa municipal de gestión de residuos con nuevas reducciones para viviendas desocupadas e inmuebles sin actividad económica e incentivos al reciclaje de materia orgánica.
La modificación de la ordenanza mantiene algunas de las bonificaciones existentes e incorpora nuevos supuestos para adaptar el pago de la tasa a las circunstancias económicas y familiares de los contribuyentes, así como a las características y el uso de los inmuebles, según ha informado este martes el Ayuntamiento en un comunicado.
En el caso de las viviendas, la ordenanza mantiene las bonificaciones por distancia a los contenedores, con una reducción del 50 % para las situadas entre 200 y 300 metros y del 100 % para las que se encuentren a 300 metros o más.
En el Parque Rural de Anaga, se mantiene una bonificación del 50 % para las viviendas situadas entre 150 y 300 metros de los contenedores.
También continúa la reducción del 50 % para las familias numerosas especiales y se establece otra bonificación del mismo porcentaje en función del nivel de renta, que sustituye a la anterior por incapacidad económica.
Para acceder a esta última, los ingresos no podrán superar tres veces el IPREM en 14 pagas.
Entre las novedades figura una bonificación del 25 % para las viviendas desocupadas, que requerirá una declaración responsable del propietario o titular catastral y la documentación acreditativa exigida por la ordenanza.
Tendrá una vigencia de dos años y podrá renovarse por períodos iguales, agrega la nota.
Asimismo, a partir de 2027 se aplicará una bonificación del 10 % por la separación y recogida de residuos orgánicos.
Podrán beneficiarse quienes dispongan de una llave, tarjeta electrónica u otro dispositivo de acceso al contenedor de materia orgánica, con independencia del número de veces que lo utilicen.
Bonificaciones para inmuebles no residencialesLa nueva regulación fija una bonificación del 25 % por autogestión de residuos en los inmuebles de uso catastral no residencial e incorpora otra reducción del mismo porcentaje para aquellos que carezcan de actividad económica o profesional.
Esta última bonificación estará sujeta a la acreditación de las condiciones establecidas en la ordenanza y tendrá una duración de dos años, renovable por períodos iguales.
Los inmuebles no residenciales también podrán beneficiarse de la reducción del 10 % por separación de materia orgánica a partir de 2027.
Por otra parte, los inmuebles destinados exclusivamente a lugares de culto tendrán una bonificación del 95 %.
Según el Ayuntamiento, la modificación mantiene las bonificaciones anteriores e incorpora otras para contemplar situaciones como las viviendas desocupadas, los inmuebles sin actividad económica y la separación de residuos orgánicos.
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