Santa Cruz de Tenerife, 12 oct (EFE).
– El Tribunal Supremo ha anulado una condena por falsedad de un permiso de conducir impuesta a un ciudadano israelí en junio de 2024 por un juzgado de Arona (Tenerife), tras un juicio rápido en el que aceptó los hechos sin contar con un intérprete.
La defensa ha aportado documentación al Supremo para sostener que el acusado desconocía la falsedad del permiso y había sido víctima de una trama que le cobró 9.
000 euros por tramitar lo que creía que era un canje legal de su carné israelí por otro ucraniano.
Su actual abogado argumenta que su cliente no pudo defenderse adecuadamente durante la vista, asistido por un abogado de oficio, ni aportar los documentos exculpatorios que ha presentado posteriormente ante el Supremo.
Según la defensa, el acusado no sabe español, «y menos aún lenguaje jurídico», y no recibió la asistencia de un intérprete pese a haberla solicitado, por lo que no se le explicó con claridad el acto procesal en el que «se le instaba a prestar conformidad».
El hombre fue detenido el 13 de junio de 2024 y juzgado al día siguiente, cuando se dictó una sentencia de conformidad que, según su actual letrado, aceptó siguiendo las indicaciones de su defensa de oficio, «sin entender qué delito se le atribuía ni qué efectos tendría esa aceptación».
El abogado sostiene que el escaso tiempo transcurrido entre la detención y el juicio impidió recabar, traducir y aportar la documentación con la que solicitó la revisión de la sentencia, una gestión que no pudo completar hasta finales de 2025.
En su solicitud, la defensa expuso que el condenado había sido víctima de una estructura fraudulenta que operaba desde Kiev y se presentaba en internet como un bufete de abogados que podía tramitar legalmente el canje de su permiso de conducir israelí por uno ucraniano.
Convencido de que el procedimiento era correcto, otorgó un poder notarial a favor del supuesto bufete y pagó 9.
000 euros para obtener el documento, que resultó ser falso, «sin sospechar en ningún momento de su irregularidad».
La defensa sostiene que, si hubo un error, «fue de confianza, pero no intención de falsificar», y rechaza que existieran conocimiento y voluntad de cometer un delito, pues el trámite tenía apariencia de legalidad y el acusado desembolsó 9.
000 euros sin obtener beneficio económico.
Al día siguiente de quedar en libertad, reclamó la devolución del dinero y exigió explicaciones a los supuestos abogados a través de una cuenta de correo electrónico que quedó desactivada, tras lo cual presentó una denuncia ante la Fiscalía de Ucrania, según su relato.
El letrado también alegó que su cliente entregó a la policía su pasaporte israelí, un documento «auténtico, válido y suficiente», y que el permiso falso no era necesario para identificarlo, puesto que los agentes ya sabían quién era.
Añadió que el acusado acreditó que se encontraba en España en situación regular y que disponía de una autorización de residencia de larga duración en vigor.
El Supremo ha estimado la solicitud de revisión y ha dejado sin efecto la sentencia condenatoria al considerar que la documentación aportada evidencia la inocencia del recurrente.
EFEnra/acp1012088