Santa Cruz de Tenerife, 16 oct (EFE).
– La Audiencia Nacional (AN) ha reconocido el derecho a un migrante que ejercía de vendedor ambulante en el sur de Tenerife a cobrar una indemnización de 12.
200 euros tras permanecer en prisión provisional 485 días desde noviembre de 2021 a marzo de 2023 por un delito contra la salud pública y quedar luego absuelto.
La abogada recurrente, Idaira Martín Pérez, solicitó en principio al Ministerio de Justicia, 65.
710 euros por los daños y perjuicios ocasionados debido, en su opinión, a un mal funcionamiento de la administración y sentirse su cliente víctima de “mala fe y temeridad”.
También alegaba que cuando fue encarcelado tenía un hijo menor y otra mayor que dependían de él y vivían en su domicilio, de manera que estar casi un año y cuatro meses en prisión le privó del contacto diario con la familia y de contribuir a cubrir sus gastos.
También apelaba a los costes derivados de contratar a un abogado y procurador, desplazamientos de sus familiares y amigos que fueron a visitarlo desde el extranjero a prisión y pérdida de lucro cesante como vender ambulante por el que obtenía unos 700 euros mensuales.
La defensa también aludió a los daños psicológicos y morales derivados de su pérdida de libertad y que no pudo ir a su país para ver a sus familiares durante todo este tiempo, de manera que calculaba unos 90 euros por cada uno de los días en los que permaneció privado de libertad, más otros conceptos.
El Abogado del Estado rechazó la petición y concluyó que la cantidad reclamada era exagerada en cuanto a los 3.
000 de daños morales, redundantes con sus cálculos por cada día de prisión, y otro tanto ocurriría con los 9.
800 que dejó de recibir por no trabajar, que cree un daño “hipotético y no acreditado”.
La Audiencia Nacional concluye con que la petición se incluye en la nueva legislación que regula las compensaciones para casos como éste en el que la víctima haya permanecido en situación de prisión provisional y fuera luego absuelta o se dictase sobreseimiento libre siempre y cuando los daños fueran cuantificados.
En este caso se coincide en que se deben indemnizar la ausencia de libertad y el daño moral causado por un daño traumático, lesiones que hubiese dado lugar el haber permanecido en prisión de forma injusta, teniendo en cuenta las consecuencias habituales de estar encarcelado.
“Cuando alguien se ve privado de libertad resulta inevitable la separación de sus hijos y familia en el país de origen y los efectos sobre su actividad económica”, indica la Audiencia Nacional desde donde se reconocen estos factores como adecuados para recibir los mencionados 12.
200 euros.
La detención tuvo lugar el 7 de noviembre de 2021 sobre las tres de la madrugada cuando una persona que resultó luego condenada, fue interceptada cerca del Centro Comercial Las Verónicas en Arona llevando diversas cantidades de cocaína, MDMA y marihuana.
Tras el juicio la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife le impuso una pena de cinco años de prisión y multa de 6.
500 euros.
Sin embargo, quien luego quedó absuelto aseguró que estaba en el lugar comprando comida, que fue identificado y tras quedar libre, sería detenido 40 minutos después, y pasó a estar en prisión provisional en Tenerife II.
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