Condenados tres internos de Tenerife II por agredir a otro recluso

Santa Cruz de Tenerife, 26 ago (EFE).

– La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ratificado la pena impuesta a tres internos de Tenerife II a tres años de cárcel a cada uno por agredir a otro recluso en diciembre de 2020.

La agresión se produjo cuando la víctima hacía cola para desayunar y comenzó una discusión sin que se sepa el motivo.

En el transcurso del altercado uno de ellos le propinó un puñetazo en la cara al agredido, que cayó al suelo, donde continuó la trifulca hasta ser separados por otros presos y marchar a una celda en la que se reanudó con la intervención de los otros dos acusados al ver que la víctima se defendía.

Los tres condenados y el agredido entraron luego en un calabozo para seguir con la pelea, esta vez agarrándolo por el cuello y propinándole puñetazos, de manera que el lesionado no podía defenderse hasta que finalmente intervinieron los funcionarios de la cárcel.

El perjudicado sufrió hematomas, heridas en los labios, en la nariz y en la mejilla que tardaron 30 días en curar, 16 de los cuales no pudo realizar las tareas habituales.

Dos de los tres encausados ya habían sido condenados por el delito de lesiones a la pena de un año de prisión en un caso, y de nueve meses en otro, por lo que se imponen los agravantes de superioridad y de reincidencia.

Los acusados denunciaron que durante el juicio no comparecieron determinados testigos, tampoco se aportaron las imágenes de las cámaras de seguridad y acusaron a los funcionarios de mentir debido a la existencia de enfrentamientos previos.

En cuanto a las lesiones de la víctima, aseguraron que se fundan en un parte de asistencia hecho en prisión en el que el médico se limitó a reflejar lo que le trasladaron.

También alegaron dilaciones indebidas, pese a haber solicitado que se pospusiera la vista ante la falta de comparecencia de personas citadas y que el juicio había sido suspendido en otras dos ocasiones por distintos motivos.

En segundo lugar, refieren la existencia de un error en la valoración de la prueba puesto que la versión de los acusados se vio corroborada, incluso, por el relato de la propia víctima, según indicaron.

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