Santa Cruz de Tenerife, 28 sep (EFE).
– El Consejo de Gobierno ha aprobado este lunes el Decreto Ley por el que se prorroga durante el último trimestre de 2026 determinadas medidas tributarias adoptadas como consecuencia de la crisis en Oriente Medio.
De esta manera, el Ejecutivo canario mantiene temporalmente la aplicación del tipo cero del Impuesto General Directo Canario (IGIC) sobre determinados productos energéticos, con el objetivo de evitar que la finalización de las medidas, actualmente vigentes, se traduzca en un incremento de los costes soportados por las familias y empresas canarias, explica el Gobierno.
Asimismo, se mantiene durante este período el mecanismo extraordinario de devolución parcial del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo correspondiente a la gasolina y el gasóleo profesionales, dirigido fundamentalmente a agricultores y transportistas, sectores especialmente perjudicados en la evolución de los costes del combustible.
La consejera de Hacienda, Matilde Asián, indica en la nota que la prórroga es la respuesta a los efectos negativos que los costes energéticos y de transporte siguen teniendo sobre las familias y el tejido productivo de Canarias y precisa que la experiencia acumulada en los meses de vigencia del decreto avala la medida que toma el Gobierno de Canarias.
El Decreto-ley, que entrará en vigor el 1 de octubre, contempla la supresión o graduación de las medidas en octubre, noviembre y diciembre según la variación de los precios del combustible en Canarias con respecto al IPC, tomando como referencia una diferencia del 15% respecto al mismo mes del año anterior.
Es decir, si la variación de los precios en septiembre y octubre no supera en más de un 15% la registrada en los mismos meses del año anterior, el tipo cero dejará de aplicarse, respectivamente, en noviembre y diciembre.
Con efectos desde la entrada en vigor del presente decreto-ley y hasta el día 31 de octubre de 2026, el tipo de la gasolina profesional y el tipo del gasóleo profesional será, respectivamente, 0,2649735 euros por 1.
000 litros y 0,2219778 euros por 1.
000 litros.
Si en el mes de septiembre la variación en Canarias del IPC de las gasolinas y gasóleos supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, el tipo de la gasolina profesional y el tipo del gasóleo profesional será, respectivamente, 29,15 euros por 1.
000 litros y 24,42 euros por 1.
000 litros.
Por último, si en el mes de octubre la variación en Canarias del IPC de las gasolinas y gasóleos supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, el tipo de la gasolina profesional y el tipo del gasóleo profesional será, respectivamente, 55,65 euros por 1.
000 litros y 46,62 euros por 1.
000 litros.
EFEspf