Las Palmas de Gran Canaria, 13 oct (EFE).
– El Servicio de Canario de la Salud (SCS) deberá responder económicamente por la muerte de una paciente en 2023 porque sus sistemas informáticos no permitían a sus hospitales consultar la información generada por los centros de salud, lo que resultó clave para no tratar a tiempo un ictus.
La paciente en cuestión había sido atendida en un centro de salud de Lanzarote por síntomas que hicieron una médico la derivara en ambulancia «por sospecha de un posible ictus» al hospital de Arrecife, donde no la examinaron en urgencias hasta dos horas y 20 minutos después, según considera probado una sentencia del juez de lo Contencioso Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria.
Los médicos del hospital vieron a la paciente con síntomas ya diferentes, pero al no disponer de los datos recabados en el centro de salud y en la ambulancia, no activaron el ‘código ictus’; es decir, la respuesta urgente ante un episodio isquémico como ese.
Para el juez que firma la sentencia, hubo una «franca» vulneración de los protocolos de trabajo exigibles a la sanidad pública, de la que exonera a los médicos implicados, a los que no cree responsables.
«La responsabilidad última de lo sucedido recae en quienes gestionaban el Servicio Canario de la Salud en el año 2023 y no dotaban a los centros hospitalarios de la posibilidad de consultar la información generada por los centros de salud (.
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), lo cual en el caso que nos ocupa hubiera resultado crucial para respetar, y activar, el código ictus», razona el magistrado.
La sentencia ha sido difundida por el despacho Legantis Abogados, que ha preferido mantener reservada la cantidad de la indemnización concedida a la familia de la fallecida hasta conocer si el Servicio Canario de la Salud recurre o no esta decisión.
EFEjmr