Rebajan de 9 a 6 años y un día la pena a un hombre de 74 años por la agresión a una menor

Santa Cruz de Tenerife, 21 jun (EFE).

– El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la rebaja en la pena de 9 a 6 años y un día acordada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) a un hombre de 74 años por agredir a una menor de 14 al considerar que no existió una continuidad delictiva como se estimó en un principio.

Según la sentencia, el hombre conoció de manera fortuita a la menor el 15 de agosto de 2022 en el exterior del negocio de la familia de ella en Puerto de la Cruz y tras volverse a encontrar le entregó una tarjeta de visita con la dirección de su oficina en Santa Cruz.

La joven se acercó al establecimiento dedicado al asesoramiento financiero donde volvió a ver al acusado quien le dijo que quería conocerla por lo que al día siguiente pasearon por la ciudad, de manera que pudo irse ganando su confianza y le confesó que quería mantener una relación sentimental con ella.

La relación acabó cuando el padrastro casualmente vio en las cámaras de videovigilancia del local de masajes de la madre como ella entraba con el hombre y éste le daba un beso por lo que alarmado habló con la niña quien le contó lo que ocurría y a continuación puso los hechos en conocimiento de la policía nacional.

En un principio se consideró que el relato de la víctima era “coherente y creíble” y sin atisbos de fabulación y tiene en cuenta el contenido de la grabación de las cámaras, los mensajes intercambiados en los que se comprueba el proceso de acercamiento o seducción mediante regalos y el informe psicológico.

El TS reprocha al recurrente que plantee los mismos argumentos que ante el TSJC que en su momento dio lugar a la reducción de la pena en tres años, “en consecuencia, no se aprecia déficit de motivación ni razones que justifiquen modificar la determinación de la condena fijada en segunda instancia”.

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