Seis años de cárcel por agredir sexualmente a un menor al que le ofreció dinero a cambio

Santa Cruz de Tenerife, 10 sep (EFE).

– El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado el recurso de un varón de 63 años condenado por la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife a 6 años de cárcel y a una multa de 5.

000 euros por agredir sexualmente a un vecino suyo, menor de edad, al que ofreció a cambio 50 euros.

Según se recoge en la sentencia ratificada por el alto tribunal canario, el procesado acudió el 5 de agosto de 2019 a una plaza en la que se encontraba el joven, a quien le ofreció dinero para un encuentro sexual, y ambos acudieron a una huerta cercana donde lo llevaron a cabo.

En su recurso, la defensa alegaba que se habían desestimado de forma injustificada pruebas propuestas y no se permitió la práctica de diligencias que considera “esenciales”, como un peritaje psicológico “imparcial” al denunciante para demostrar la inocencia de su cliente.

Tampoco se habría tenido en cuenta una posible contaminación del testimonio del menor, que presentó modificaciones consideradas “sustanciales” a lo largo del procedimiento pese a lo cual la condena se basó de forma exclusiva en su testimonio.

El alto tribunal reprueba “la generalidad del relato” de la defensa, puesto que no se concretan cuáles son los medios probatorios que fueron denegados y pese a que no se utilizó violencia para llevar a cabo la agresión, se indica que el acusado era “plenamente consciente” de que el joven era menor de edad.

La Sala considera que si existieron los defectos denunciados por el letrado, entonces debería haber pedido la anulación del juicio, no exclusivamente la absolución del condenado.

Las contradicciones del joven se centrarían en que al principio dijo que había recibido dinero a cambio “de una bolsita negra”; habló de un hombre desconocido y luego admitió que era su vecino o que el encuentro había sido casual y después premeditado para ir a un lugar concreto.

El TSJC atribuye estas diferentes versiones “a la inmadurez” del joven, quien admitió que se dejó llevar por la avaricia, luego sintió una profunda vergüenza y de ahí la cadena de mentiras en las que incurrió.

La defensa se muestra sorprendida y considera “estremecedor” que se hayan impuesto penas “de tal calibre” sin ninguna prueba física; recuerda que no se hallaron restos biológicos ni se practicó una pericial forense concluyente ni siquiera se hizo una inspección ocular del lugar.

El TSJC responde que si estas comprobaciones eran favorables al acusado, debería haberlas propuesto en tiempo y forma.

La defensa también alegó que la familia de la supuesta víctima mantenía un enfrentamiento con el procesado porque en su momento fue pareja del hermano del joven, hoy fallecido.

La víctima dijo que los hechos ocurrieron durante las fiestas del pueblo, cuando el hombre se le acercó y comenzaron a hablar de “rollos sexuales” y entonces aceptó la propuesta, y asegura que el dinero no lo usó en comprar drogas o alcohol.

La versión del condenado es que pasaba por la plaza para ir a comprar y al ver a su vecino se acercó para preguntarle por sus padres y entonces éste le propuso fumar marihuana en la huerta y que jamás habló de nada sexual, relato calificado de absurdo “y sin la mínima credibilidad”.

Durante el juicio intervino un vecino que los vio salir de la huerta mientras el joven mantenía cincuenta euros en la mano, por lo que se acercó al procesado, a quien dijo que no le importaba si se acostaba con hombres o mujeres pero no le permitiría que lo hiciera con un menor.

La víctima presenta en la actualidad un menoscabo psicológico a consecuencia de lo ocurrido tales como inadaptación general y más concretamente en el ámbito escolar y social, síntomas de ansiedad y asegura vivir en una constante sensación de vergüenza.

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