Santa Cruz de Tenerife, 19 oct (EFE).
– El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la condena a siete años y medio de cárcel para un entrenador de baloncesto acusado de agresión sexual a una menor que era jugadora de su equipo.
Del total de años, cinco se corresponden al principal delito y los otros dos y medio a haberla inducido por medio de multitud de mensajes a mantener estos contactos, hasta que efectivamente la convenció.
Según la sentencia, el procesado mantenía una relación de confianza y superioridad con la jugadora por su condición de entrenador y fruto de esta relación llegó a enviar hasta 400 mensajes, algunos de fuerte contenido sexual.
Tras varias invitaciones a tener relaciones, finalmente la joven accedió el 21 de marzo de 2020 al finalizar un entrenamiento en el vestuario del centro deportivo en el que entrenaban y en el fueron sorprendidos por la madre de ella que la iba a buscar.
La defensa basó el grueso de sus argumentos en intentar demostrar que en ningún momento se embaucó a la joven por medio de los mensajes, lo que rechaza el tribunal al indicar que ya fueron planteados en el juicio que tuvo lugar a finales del año pasado.
El Tribunal avala los audios como prueba y rechaza que los pantallazos obtenidos hayan sido manipulados y se recuerda que la titularidad del móvil puede ser acreditada por diversos medios y no sólo por el código único.
También se indica que no existe la obligación legal de que la transcripción deba llevarse a cabo en presencia de las partes, ni hacer un reconocimiento de voz, como pedía la defensa.
Desde un principio el procesado aseguró que el móvil que atribuían como propiedad suya en realidad pertenecía a su padre, a lo que se responde que la titularidad del mismo no tiene relevancia sino que lo importante es que sea él quien lo utilizaba como quedó acreditado.
El grupo de delitos tecnológicos de la policía certificó que las conversaciones telefónicas entre ambos se habían producido y los peritos descartaron cualquier tipo de manipulación de los terminales.
El encuentro en el vestuario antes de que la madre fuera a buscar a la menor ha quedado también “perfectamente acreditado” , tal y como reconoció la propia joven y relató a sus padres, así como que el acusado hizo uso de su superioridad derivada de que era entrenador.
El relato de la joven es considerado plenamente creíble y las supuestas contradicciones no pasarían de ser matices que no afectan a la veracidad de su testimonio sobre el que se basó en gran parte la condena, además de otros testigos y pruebas periféricas.
La defensa pidió anular el pago de la responsabilidad civil dado que la joven se mostró de acuerdo con mantener estas conversaciones y no sufre ningún tipo de secuela o bajo rendimiento en los estudios, a lo que se responde con el derecho de las víctimas a ser compensadas.
Además, se añade que la madre indicó que tras lo ocurrido su hija se quedó “bloqueada” y no quiere hablar de ese episodio y además se indica que las expresiones pornográficas utilizadas no eran propias de su edad.
En la vista celebrada en su momento, el procesado sólo respondió a las preguntas de su abogado y lo hizo para insistir en su versión de que cuando los sorprendió la madre tan sólo estaba curando una herida en el codo que se había causado la joven.
Dijo que tal y como marcan los protocolos la puerta del vestuario estaba abierta, en el recinto había un guarda y parte del interior del recinto es acristalado por lo que se ve lo que ocurre en el interior.
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