Santa Cruz de Tenerife, 30 mar (EFE).
– Los arrendatarios de vivienda de promoción pública cuya titularidad pertenece al Instituto Canario de la Vivienda (Icavi) y que constituyan juntas administradoras podrán contratar a administradores de fincas colegiados para la gestión y mantenimiento de los inmuebles.
Esta posibilidad, que se introduce por primera vez, está recogida en el Decreto 23/2026, de 9 de marzo, que regula la inscripción y el funcionamiento del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, según ha informado el Colegio de Administradores de Fincas de Santa Cruz de Tenerife.
De esta manera, la gestión de las viviendas ya no se tiene que hacer solo por la Administración o a través de ella, sino mediante un profesional externo, un administrador de fincas colegiado.
El Icavi o los propios arrendatarios que integran la junta podrán encargar la gestión a un administrador de fincas que actúe en su nombre, según señala la nueva normativa, que también contempla la opción de que pueda intervenir como apoyo técnico o gestor profesional.
Las juntas administradoras son órganos de gestión que pueden constituir los arrendatarios de viviendas protegidas, ya que, al ser inquilinos, no pueden conformar una comunidad de propietarios.
La contratación de un administrador de fincas colegiado permite descargar a los adjudicatarios de la gestión de un edificio y zonas comunes, y otros asuntos como la accesibilidad, la sostenibilidad y ahorro energético o la convivencia entre vecinos, ha destacado Luis García, presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Santa Cruz de Tenerife y del Consejo Canario de Administradores de Fincas, organismo que agrupan a los dos colegios provinciales.
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